Código de etica y conducta personal y proovedores MYA
Mantenimiento y Asesoría S.A. DE C.V. (MYA) estamos comprometidos con la construcción de una cultura corporativa de transparencia e integridad, basada en el comportamiento ético y el cumplimiento de las leyes. El Código de Conducta de MYA refleja dicha cultura, además de inspirar y orientar las acciones de todos los empleados de la compañía. MYA considera que solo es posible cumplir estos exigentes estándares de integridad y transparencia estableciendo reglas comunes, aplicables no solo a todos los empleados, funcionarios y directores, sino también a aquellos terceros con los que la compañía interactúa en el desarrollo de sus actividades comerciales. Dado que el compromiso y el cumplimiento de estas normas comunes por parte de los Trabajadores de MYA es esencial para garantizar la concreción de los objetivos y expectativas de la compañía sobre conductas éticas, transparentes y correctas, MYA ha desarrollado el presente Código de Conducta para Trabajadores, que será aplicable tanto a dichos Trabajadores como a sus respectivos empleados, funcionarios, directores o representantes autorizados, sin excepción, respecto de cualquier operación o negocio que involucre a MYA. El cumplimiento diligente y sistemático de las disposiciones establecidas en el Código de Conducta para Trabajadores será tenido en cuenta en la selección, evaluación y contratación de dichos Trabajadores. Los Trabajadores serán responsables de que se apliquen los principios contemplados en el presente Código de Conducta para Trabajadores, aun en sus relaciones con los subcontratistas con los que trabajan, en la medida en que participen de cualquier modo en las operaciones o negocios con MYA. Bajo ninguna circunstancia los Trabajadores deberán acatar una orden, solicitud o instrucción que pudiera constituir un incumplimiento o violación de las disposiciones del presente Código de Conducta para Trabajadores. A los fines de este Código de Conducta, “Trabajadores” incluye a cualquier persona o entidad que preste servicios o provea cualquier tipo de bienes a MYA o sus subsidiarias, ya sea que actúen o no en nombre de MYA o de dichas subsidiarias, incluyendo subcontratistas.
Los Trabajadores deben evitar cualquier interacción con clientes de MYA que pueda dar lugar a un conflicto, o a un potencial conflicto, respecto de los intereses de MYA. Por ejemplo, los Trabajadores no deben contratar, o de otro modo, efectuar pagos a ningún cliente de MYA durante el desarrollo de una transacción entre MYA y el cliente. En caso de que exista una relación de parentesco entre un trabajador y un cliente de MYA (por ejemplo, cónyuge, padre, hermano, abuelo, hijo, nieto, familiar político, etc.), o si un empleado del cliente mantiene otro tipo de relación con un trabajador de MYA que pudiera representar un conflicto de intereses, el Trabajador debe informar tal circunstancia a la compañía. Cualquier conflicto de intereses que involucre a un cliente de MYA debe ser debidamente informado por escrito, para lo cual el Trabajador debe ponerse en contacto con el área de contratación de MYA que corresponda según el caso particular.
Los Trabajadores no deben ofrecer ningún obsequio 1 , viaje, comida o actividad de entretenimiento a ningún cliente de MYA en circunstancias que pudieran influenciar las decisiones de dicho empleado respecto del Trabajador, o que pudieran interpretarse en tal sentido. En ninguna circunstancias, los Trabajadores podrán ofrecer obsequios modestos, comidas o actividades de entretenimiento a los clientes de MYA. 1 El término “obsequio” se refiere a cualquier elemento de valor, lo que puede incluir, entre otros, cualquier tipo de gratificación, ventaja (por ejemplo, permitir el uso de vehículos o instalaciones), efectivo o equivalentes, viajes, alojamiento, comidas, entretenimientos, incentivos, préstamos, recompensas, facilitar instalaciones o servicios a un valor inferior al costo total, contratación o continuidad de servicios y cualquier otra ventaja o beneficio de cualquier naturaleza (ya sea que constituya, o derive de, fondos o activos corporativos, o fondos o activos personales o de terceros).
Bajo ninguna circunstancia los Trabajadores deben ser parte de ningún esquema de cohecho comercial o soborno, ni ofrecer ningún tipo de incentivo a ningún cliente de MYA, ni a familiares o amigos de empleados de MYA, con el fin de obtener o conservar un negocio. Los Trabajadores deben cumplir con todas las leyes anticorrupción aplicables en el país donde se celebre, se otorgue o se dé cumplimiento al respectivo contrato, y, asimismo, deben observar todas las leyes locales en materia de actos de cohecho respecto de Funcionarios Públicos. El término “Funcionario Público” se refiere a (A) cualquier funcionario o empleado, o cualquier persona, ya sea elegida o designada, que se desempeñe en un puesto legislativo, administrativo o judicial, o que represente o actúe en nombre de un estado, gobierno u organización pública internacional (por ejemplo, el Banco Mundial o las Naciones Unidas), cualquier división, departamento, ministerio, agencia u organismo (lo que incluye sociedades y otras entidades que sean propiedad o estén controladas u operadas en beneficio de dicha autoridad gubernamental); o (B) cualquier partido político, funcionario del partido o candidato para ocupar cargos públicos. Las sociedades o entidades similares “controladas” por un estado o gobierno, contemplan a cualquier entidad, independientemente de su tipo societario, respecto de la cual un estado o gobierno pueda ejercer influencia dominante, ya sea en forma directa o indirecta. Esta situación tiene lugar, entre otros casos, cuando dicho estado o gobierno posee la mayoría del capital suscripto de la entidad, controla la mayoría de los votos correspondientes a los títulos emitidos por la entidad, o puede designar a la mayoría de los miembros del órgano administrativo, gerencial o de supervisión de la entidad. El término “Funcionario Público” incluye también a los hijos, cónyuges, padres o hermanos de un Funcionario público.
En relación con aquellos actos vinculados con la fabricación, distribución o provisión de bienes o servicios a MYA, o cualquier acto que de cualquier otro modo involucre a MYA, el Trabajador no debe proporcionar ningún elemento de valor, ya sea en forma directa o indirecta, a ningún Funcionario Público, empleado de una compañía controlada por el gobierno, o partido político, con el fin de obtener una ventaja o beneficio indebido (por ejemplo, en materia de autorizaciones regulatorias, permisos de aduana o procedimientos judiciales y legislativos). Los Trabajadores deben llevar por escrito un registro contable actualizado y preciso de todos los pagos (incluyendo, comidas, entretenimiento o cualquier otro elemento de valor) efectuados en nombre de MYA, o mediante fondos provistos por MYA. Los Trabajadores deben entregar copias de dichos registros a MYA cuando la compañía así lo solicite.
Mantener información y registros precisos y confiables es esencial para el cumplimiento de las obligaciones financieras, legales y administrativas de MYA y necesario para reflejar debidamente las actividades de la compañía. Los Trabajadores deben llevar registros precisos de todas las cuestiones vinculadas con sus relaciones de negocio con MYA. Esto implica registrar en forma debida, completa y oportuna todos los gastos y pagos, y garantizar la disponibilidad de toda la documentación correspondiente que respalde dichos registros. Los Trabajadores de ningún modo deben obstaculizar, dilatar, entorpecer o de cualquier otra forma dificultar el procesamiento de la documentación contable en forma debida y oportuna por parte de MYA. La alteración o manipulación de cualquier documento de un modo que pudiera afectar la transparencia y precisión de los registros se considerará una violación grave.
Uso de los activos de MYA Cuando la prestación de servicios, la provisión de bienes o el cumplimiento de sus obligaciones de cualquier otro modo exija el uso de bienes, suministros, equipos y otros activos de MYA, los Trabajadores deben actuar de manera responsable y garantizar que dichos activos serán utilizados por personas debidamente autorizadas y para los fines previstos. Los Trabajadores deben proteger y usar de manera responsable los bienes y otros activos tangibles e intangibles propiedad de MYA. Los Trabajadores no deben utilizar ninguna marca comercial ni ningún otro tipo de propiedad intelectual de la compañía, a menos que cuenten con una autorización expresa por escrito de MYA.
Uso de Recursos Tecnológicos Cuando la prestación de servicios, la provisión de bienes o el cumplimiento de sus obligaciones de cualquier otro modo exija el uso de equipos, sistemas y dispositivos tecnológicos de MYA, los Trabajadores deben emplear dichos elementos únicamente para aquellos fines autorizados por MYA o que se relacionen en forma directa con el cumplimiento del objeto de los acuerdos correspondientes. Los Trabajadores que operen recursos tecnológicos de MYA deben conocer las restricciones aplicables a los usuarios y no deben violar los acuerdos y autorizaciones correspondientes, ni efectuar acto alguno que pudiera comprometer la responsabilidad de MYA o generar responsabilidad alguna por parte de MYA respecto de terceros o de cualquier autoridad gubernamental. Los recursos tecnológicos de MYA se deben utilizar de acuerdo con las normas aplicables y políticas de la compañía. MYA tiene el derecho a monitorear, en cualquier momento y sin aviso, el uso de sus recursos de información tecnológica, y por ende, a acceder, revisar, copiar o capturar archivos, documentos, registros, base de datos, mensajes electrónicos, actividad en internet y cualquier otra información generada a través del uso de los recursos de información tecnológica de MYA. En igual sentido, los usuarios de los recursos de información tecnológica de MYA no deben tener expectativas de privacidad en relación a la información o comunicaciones que sean generadas o transmitidas a través de, o almacenadas en los recursos de información tecnológica de MYA. La información y los datos almacenados dentro de las instalaciones de MYA y los recursos de información tecnológica (incluyendo las computadoras) son propiedad de MYA y, en consecuencia, MYA puede decidir sobre la provisión de esta información a las autoridades u otros terceros si lo considera apropiado o necesario.
. Los Trabajadores deben mantener la confidencialidad de toda la información a la que tengan acceso en el desempeño de sus tareas, prestación de servicios o provisión de bienes a MYA, aun cuando no sea información clasificada o no trate específicamente sobre MYA, y deben tomar las acciones necesarias para evitar su uso indebido, robo, fraude o divulgación inadecuada. En todos los casos, los Trabajadores deben usar la información que reciben o a la que tengan acceso, en forma legítima, para el fin específico para el que fue revelada, recibida u obtenida, y de conformidad con las leyes aplicables (lo que incluye, entre otras cuestiones, reglamentaciones sobre protección del consumidor, antimonopolios, privacidad de datos, etc.). MYA no tolerará ningún tipo de uso indebido, deshonesto, no autorizado, ilegal o inadecuado de ningún tipo de información, aun cuando ello pudiera implicar un beneficio o ventaja para MYA. Los Trabajadores deben aplicar la debida diligencia al manipular, debatir o transmitir información confidencial o delicada que pudiera afectar a MYA, o a sus empleados, sus clientes, la comunidad de negocios, o al público en general. Los Trabajadores serán directamente responsables de tomar las medidas necesarias para resguardar la información de MYA de cualquier daño o pérdida y garantizar su custodia. La divulgación de información financiera puede influir sobre los actos de los accionistas y potenciales inversores y, probablemente, violar leyes de mercado de valores. La responsabilidad de los Trabajadores de no revelar la información confidencial de MYA es una obligación continua que se extiende más allá de los servicios o acuerdo contractual con MYA.
Si un Trabajador tuviera conocimiento de información concreta vinculada con MYA o con los negocios de la compañía y que no estuviera disponible al público, no podrá adquirir, vender o de cualquier otro modo canjear títulos valores de MYA o cualquier compañía que opere con MYA, ni efectuar ningún otro acto que implique obtener una ventaja a partir de dicha información. Derechos de propiedad intelectual Los Trabajadores deben proteger, preservar y respetar los derechos de propiedad intelectual de MYA. Estos derechos incluyen, entre otros, titularidad sobre planos, sistemas, procedimientos, metodologías, cursos, informes, proyecciones o ilustraciones a los que los Trabajadores tengan acceso en el desarrollo de su relación de negocios con MYA.
En caso de que un Trabajador tenga conocimiento sobre algún tipo de conducta ilegal o indebida, o una potencial violación de las disposiciones del presente Código de Conducta por parte de un cliente de MYA, cualquier persona que actúe en nombre de MYA, cualquier empleado o representante o subcontratista del Trabajador vinculado con la prestación de servicios o provisión de suministros a la compañía, debe informarlo a MYA. Cumplimiento de las leyes Los Trabajadores tienen la responsabilidad de garantizar que sus directores, funcionarios, empleados, subcontratistas, o representantes comprendan y cumplan las reglamentaciones y normas vigentes, como así también la legislación regional y nacional, en la medida que resulte aplicable al acuerdo pertinente entre las partes o a la relación comercial que corresponda.
Los Trabajadores y subcontratistas de MYA deben promover un entorno de trabajo seguro y saludable a fin de evitar accidentes y daños a la salud que pudieran ocurrir durante el desarrollo de las actividades laborales, o como resultado de la operación de las instalaciones del empleador, o que pudieran derivar o relacionarse de algún modo con dichas actividades u operación. Asimismo, cualquier Trabajador que preste servicios en forma presencial en las instalaciones de MYA o sus clientes debe cumplir todos los estándares de la compañía en materia de salud y seguridad.
MYA mantiene el compromiso de llevar a cabo todas sus operaciones de forma consistente con los principios de derechos humanos aplicables a las actividades comerciales y contemplados en el marco de la Declaración Universal de Derechos Humanos. MYA espera que sus Trabajadores adecuen sus acciones a los mismos estándares. Los Trabajadores deben dar cumplimiento a los principios articulados en la Declaración de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de la OIT (Organización Internacional del Trabajo). Entre ellos se incluye la prohibición contra el trabajo infantil, el trabajo forzado y las conductas discriminatorias, como así también el reconocimiento de los derechos a la libertad de asociación y a la negociación colectiva. MYA valora y respeta las culturas y tradiciones de las comunidades en las que desempeña sus tareas y trabaja activamente considerando las cuestiones de salud, seguridad, medioambiente, derechos humanos y bienestar económico de dichas comunidades en todas sus operaciones, y espera que sus Trabajadores mantengan, respeten y promuevan dichos valores en todas las transacciones y negocios que lleven adelante con MYA.
MYA mantiene el compromiso de crear y mantener un ambiente de trabajo en el que todos sus empleados tengan oportunidades de crecimiento y desarrollo y puedan contribuir plenamente al éxito de la compañía. En dicho contexto, bajo ninguna circunstancia se tolerarán hechos de acoso, acoso sexual, intimidación o discriminación respecto de ningún empleado. Los Trabajadores no realizarán actos de discriminación respecto de ninguna persona en el transcurso de la relación laboral, incluyendo contratación, salario, beneficios, ascensos, disciplina, fin de la relación laboral o retiro, por razones de género, raza, religión, edad, discapacidad, orientación sexual, nacionalidad, opinión política, u origen social o étnico. Los Trabajadores y subcontratistas de MYA deben tratar a sus empleados con respeto y dignidad. Ningún empleado estará sujeto a ningún tipo de abuso o acoso, ya sea físico, sexual o psicológico, y todos tienen la obligación de evitar cualquier forma de acoso.
MYA busca lograr mejoras continuas en términos ambientales, concentrando sus esfuerzos en aquellas áreas con mayor impacto en los sitios de fabricación, distribución y grandes instalaciones. MYA se empeña en cumplir tanto con el espíritu como con las disposiciones de las leyes y reglamentaciones ambientales aplicables y espera el mismo cumplimiento por parte de todos los Trabajadores. Cuando no existan normas estipuladas, los Trabajadores deben ajustar sus acciones a estándares elevados. Los Trabajadores deben empeñarse activamente en aumentar el impacto positivo y limitar los efectos negativos para el medioambiente y la sociedad tanto de sus operaciones como de la cadena de suministro, a partir del establecimiento de planes ambientales centrados en los efectos críticos. El alcance de dichos planes debe ser adecuado en relación con la naturaleza de la actividad del Trabajador y los riesgos vinculados con tal actividad